Normativa de accesibilidad en hostelería

Si tienes un bar o restaurante, hay un aspecto que en ningún caso puedes descuidar:

✅ La correcta accesibilidad a tu establecimiento para las personas con discapacidad.

Resulta de vital importancia que TODOS tus clientes puedan acceder a tu local sin problemas, con independencia de cuáles sean sus características personales.

Por ello en este artículo vamos a explicarte todo lo que debes saber sobre la normativa de accesibilidad en la hostelería.

¡Continúa leyendo y toma nota!

¿Qué son las Normativas de Accesibilidad?

Las normativas de accesibilidad son aquellas que regulan los aspectos necesarios para facilitar el acceso de las personas con discapacidad a los edificios.

En España, en los bares y restaurantes se aplican las regla de accesibilidad recogidas en el «Código Técnico de la Edificación«.

Esta norma garantiza el acceso adecuado a las personas con movilidad reducida.

Además existen otras normas legales que se han aprobado por parte de las Comunidades Autónomas y los Ayuntamientos.

❌ La realidad es bien distinta:
Que existan todas estas normativas no significa que todos los establecimientos de hostelería estén adaptados y se ciñan de forma estricta a ellas.

Por ello es importante que te tomes muy en serio este tema.

Supone una muestra de respeto a tus clientes (tengan las capacidades que tengan) y un valor añadido para tu negocio.

Normativa de accesibilidad en bares y restaurantes

Normativa de accesibilidad para personas con discapacidad: ¿qué debes saber?

La accesibilidad de bares y restaurante afecta a muchísimos elementos del local: entrada, baños, escaleras, ascensores, y un largo etcétera de opciones.

A continuación vamos a hacer una selección de algunos de los principales requisitos que deben cumplir los negocios de hostelería en lo que la accesibilidad se refiere:

→ Aspectos generales

Como hemos visto, las Comunidades Autónomas pueden establecer sus propias normas de accesibilidad en el ámbito de la hostelería.

Pero de forma orientativa, habría que respetar los siguientes límites.

  • El espacio mínimo de paso entre mobiliario no puede ser inferior a 90 cm, permitiendo así la movilidad entre sillas, mesas, columnas, etc. de personas que van en silla de ruedas o necesitan otra ayuda técnica.
  • La distribución del mobiliario y las dimensiones espaciales deben permitir inscribir un círculo libre de obstáculos de 150 cm de diámetro, dejando a las personas con movilidad reducida hacer un giro de 360º.
  • Se recomienda que al menos el 5% de las cartas de productos se encuentren redactadas en braille o alto relieve.

→ Acceso

Es necesario señalizar la entrada al establecimiento con el Símbolo Internacional de Accesibilidad (SIA).

? En el acceso se debe garantizar que en la entrada no existan escalones, y en caso de haber desniveles habrá que colocar una rampa de pendiente suave.

Rampa en restaurante

6 Requisitos de accesibilidad a un bar o restaurante

Insistimos en que todo lo que aquí estamos viendo es de manera orientativa, pero de forma general, los negocios de hostelería deben cumplir los siguientes requisitos:

  1. Cuando haya una escalera para salvar un desnivel, debe existir también un elemento alternativo, que puede ser un elevador o una rampa.
  2. Todas las instalaciones y estancias del establecimiento tienen que conectar con su acceso principal y entre ellas, mediante un itinerario peatonal accesible.
  3. Cada estancia y espacio de comunicación tiene que tener la debida iluminación general, e iluminación puntual en las zonas de servicio y de atención al público.
  4. Delante de las puertas, dentro de cada estancia y en cambios de dirección dentro de un itinerario tiene que haber un espacio sin obstáculos para que puedan maniobrar los usuarios.
  5. Es obligatorio que se reserve un cierto número de plazas accesibles para las personas con discapacidad y posibles acompañantes de las mismas. Dicho número irá en función del número de plazas, aforo o habitaciones del establecimiento.
  6. Hay que indicar con claridad al público si el establecimiento, una estancia o servicio del mismo es accesible a través de un pictograma con el Símbolo Internacional de la Accesibilidad (SIA), facilitando la información acerca de las adecuadas condiciones.

Baños: normativas especiales de accesibilidad

Para que los baños de bares y restaurantes cumplan las medidas necesarias para que sean accesibles a personas con discapacidad, es necesario que reúnan los siguientes aspectos:

  • Las puertas tendrán una anchura mínima de paso de entre 80 y 90 cm. En el caso de los baños son más accesibles las puertas abatibles hacia el exterior y las correderas.
  • Los suelos serán antideslizantes.
  • Las rampas con menos de 3 m pueden tener una pendiente de un máximo del 10% (en algunas Comunidades Autónomas es menor). El ancho mínimo en espacios interiores es de 1,2 m, y 0,9 m en determinadas Comunidades Autónomas.
  • Los lavabos tendrán una altura máxima de 85 cm en su cara superior, y de 70 cm en la parte inferior. Tendrán una máxima profundidad de 50 cm.
  • Respecto a los inodoros, el espacio de transferencia lateral será de 80 cm al menos. Su altura estará entre 40 y 50 cm, y el sistema de descarga tendrá una altura de entre 0,7 y 1,2 m (sea de palanca o de presión).
  • Los grifos preferiblemente deben ser automáticos y con sistema de detección de presencia. Si son manuales es recomendable que sean monomando y con una palanca alargada, con una distancia media de alcance horizontal de 60 cm.
  • Es obligatorio instalar barras de seguridad para personas con discapacidad, ya que facilitan el acceso a estos clientes, así como el uso del mobiliario.
  • Los comedores deben estar distribuidos de forma que cuenten con un espacio reservado para el paso de las personas que van en silla de ruedas, y que no existan obstáculos para el paso de personas invidentes o con movilidad reducida.

Baños: normativas especiales de accesibilidad

Zonas especiales según la normativa de accesibilidad en restaurantes

Veamos todo lo que se debe cumplir en algunas de las principales zonas según la normativa de accesibilidad:

→ Zonas de aparcamiento

Si existe una zona específica para el aparcamiento, tendría que existir al menos una plaza reservada para personas con movilidad reducida, y señalizada con el símbolo de accesibilidad.

El ancho mínimo de la plaza debe ser de 2,2 m (puede estar compartida por dos plazas), y el área de aparcamiento de 1,2 m.

Así habría suficiente espacio para que la puerta del coche se mantenga abierta mientras se transfieren las sillas de ruedas al coche (y a la inversa).

Entre la zona de aparcamiento y la entrada al local debe haber un itinerario accesible, cumpliéndose los requisitos relativos a rampas, puertas, pasillos y ascensores.

→ Escaleras

En el caso de que haya un escalón o desnivel, este deberá salvarse con una rampa, ascensor y otro sistema apropiado de elevación.

Incluso si existe una rampa alternativa, es necesario que las escaleras cumplan unos mínimos requisitos para asegurar la seguridad y comodidad de todos los usuarios:

  • Que el suelo no sea deslizante.
  • Que cuente con pasamanos, a poder ser dobles, en cada tramo inclinado. Deben estar a una altura entre 65 y 75 cm la inferior, y entre 95 y 105 la superior.

→ Ascensores

Si bien los ascensores diseñados en los últimos tiempos suelen cumplir siempre los requisitos de accesibilidad, es importante saber cuáles son estos:

  • La puerta debe tener un ancho libre de al menos 80 cms.
  • Su interior tiene que tener unas mínimas dimensiones de 1 x 1,2 m.
  • Los botones de aviso se deben situar a una altura entre 90 y 120 cms.
  • Tanto el espacio anterior como posterior de la puerta del ascensor tienen que ser horizontales, y permitir un libre espacio de giro de 1,5 m.
  • Dentro del ascensor tiene que haber pasamanos a una altura entre 95 y 105 cms.

→ Barra

Si en el restaurante hay una barra, tiene que existir una reserva mínima de puesto de atención adaptado a personas en sillas de ruedas.

En ese espacio la barra tendrá estas medidas:

  • Altura de entre 80 y 85 cm
  • Mínima longitud de 80 cm
  • Altura libre inferior entre 70 y 80 cm

Impulsa tu negocio de hostelería

El trato al cliente: ¡aquí no puedes fallar!

Al hablar de accesibilidad pensamos en las condiciones que deben tener bares y restaurantes para que las personas con capacidades especiales puedan transitar sin problemas por ellos.

Pero hay un aspecto que suele pasar por alto, que es el trato a los clientes.

Es cierto que en estos negocios, como en todos, hay que dispensar un excelente trato a todos los clientes con independencia de sus condiciones.

Lo que ocurre es que se debe prestar especial atención cuando se trata de personas con discapacidad, ya que por tratar menos con ellas, hay algunos aspectos en los que quizás no siempre se sepa cómo actuar.

Por ello, cuando tengas clientes con discapacidad en tu restaurante o bar, recuerda los siguientes criterios:

✅ Autonomía: todos los clientes tienen que poder sentirse independientes a la hora de utilizar las instalaciones y los espacios, y no requerir de la ayuda de un tercero.

✅ Diversidad: todas las situaciones y necesidades de los clientes deben ser consideradas y respetadas, ya que no todos son iguales.

✅ Seguridad: cualquier solución de accesibilidad debe asegurar la integridad de las personas que las utilizan.

✅ Dignidad: todas las soluciones de accesibilidad han de garantizar el respeto de los clientes con discapacidad.

✅ Compatibilidad: debes vigilar que en tu negocio se permita la integración de todas las personas, y que las personas con discapacidad no se vean obligadas a interactuar solo entre ellas.

En general tendrás que conseguir que en tu bar o restaurante se pueda normalizar la vida de las personas con discapacidad en cada espacio del mismo.

¿Conoces ya toda la normativa que necesitas cumplir para abrir tu negocio de hostelería?

➡️ En esta Guía te contamos TODAS las normas vigentes ⬅️

¿Cumples con todas estas directrices? Adapta tu negocio en consecuencia

Te recordamos que todas las normas de accesibilidad de las que te hemos hablado en este artículo son orientativas.

Según las características del negocio y la Comunidad Autónoma en la que se encuentre, los límites concretos pueden variar.

Lo que sí debes respetar al pie de la letra tal como aquí hemos comentado es lo relativo al trato al cliente. Tu amabilidad va a provocar que vuelvan muy pronto, ¡no lo olvides!

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